Baremo laboral - Ley de Riesgos del Trabajo - Incapacidad

Decreto 659/96 y valoracion de incapacidades laborales

Pagina normativa y medico-legal sobre el baremo laboral historico, su uso en pericias, sus reglas de calculo y su relacion con el Baremo SRT 549/2025.

El Decreto 659/96 aprobo la Tabla de Evaluacion de Incapacidades Laborales utilizada durante decadas en el sistema argentino de riesgos del trabajo. Su importancia no fue solo normativa: ordeno la forma de traducir una secuela laboral permanente en un porcentaje de incapacidad, siempre a partir de diagnostico, examen fisico, estudios, nexo causal y metodo de calculo.

Que es el Decreto 659/96

El Decreto 659/96 es la norma que aprobo originalmente el baremo laboral aplicable a incapacidades permanentes derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en el marco de la Ley 24.557. Su Anexo I contenia la tabla medico-legal de referencia para valorar secuelas fisicas, psiquicas, sensoriales y funcionales.

Desde el punto de vista pericial, el decreto no debe leerse como una simple lista de porcentajes. Su aplicacion exigia identificar la contingencia laboral, verificar la existencia de una secuela objetivable, analizar la relacion causal y calcular la incapacidad conforme a reglas tecnicas.

Lugar dentro del sistema de riesgos del trabajo

El Decreto 659/96 se vinculo con la Ley 24.557, el listado de enfermedades profesionales del Decreto 658/96, la modificacion introducida por el Decreto 49/2014 y el procedimiento ante Comisiones Medicas. En ese marco, sirvio como herramienta uniforme para dictamenes administrativos, pericias judiciales, revisiones tecnicas e impugnaciones.

Ley 24.557

Marco legal del sistema de riesgos del trabajo y de la reparacion por incapacidad laboral.

Decreto 658/96

Listado de enfermedades profesionales reconocidas dentro del sistema.

Decreto 49/2014

Modifico el esquema normativo al incorporar patologias y adecuar aspectos de la tabla.

Decreto 549/2025

Sustituyo el Anexo I del Decreto 659/96 por una nueva Tabla de Evaluacion de Incapacidades Laborales.

Relacion con el Baremo SRT 549/2025

El Decreto 549/2025 sustituyo el Anexo I del Decreto 659/96 y su modificatorio, aprobando una nueva tabla de evaluacion de incapacidades laborales. Por eso, el Decreto 659/96 conserva valor historico, interpretativo y comparativo, pero la valoracion actual debe verificar que norma corresponde aplicar segun fecha, instancia y estado del expediente.

Criterio tecnico: no corresponde afirmar de modo simplificado que el Decreto 659/96 desaparecio por completo. La norma base subsiste como antecedente, mientras que la tabla de incapacidades fue actualizada por el Decreto 549/2025.

Ver tambien: diferencias entre Decreto 659/96 y Decreto 549/2025.

Diagnostico, lesion, secuela e incapacidad

Una regla central del baremo laboral es que el diagnostico por si solo no equivale a incapacidad. Puede existir diagnostico medico sin secuela permanente, lesion aguda ya resuelta, hallazgo por imagen sin repercusion funcional o dolor sin alteracion objetivable.

Diagnostico

Nombre clinico del cuadro: lumbalgia, hipoacusia, ruptura tendinosa, radiculopatia o trastorno psiquico, entre otros.

Lesion

Alteracion anatomica o funcional vinculada a un hecho o exposicion laboral.

Secuela

Dano residual, permanente, consolidado y objetivable luego del tratamiento razonable.

Incapacidad

Traduccion medico-legal de la secuela en porcentaje, con nexo causal y metodo de calculo.

Valoracion de secuelas laborales

La valoracion de secuelas bajo el Decreto 659/96 debia integrar historia clinica, atencion inicial, mecanismo lesional, estudios complementarios, tratamientos, evolucion, alta medica, examen pericial y tareas habituales. La incapacidad no se funda en la transcripcion normativa, sino en la correlacion entre todos esos elementos.

  • Debe existir una contingencia laboral reconocida o acreditada.
  • La secuela debe ser permanente y estar consolidada.
  • El examen fisico debe ser coherente con el diagnostico y los estudios.
  • Los estudios complementarios deben interpretarse en contexto clinico.
  • El nexo causal debe explicar compatibilidad temporal, anatomica y biomecanica.
  • No corresponde duplicar porcentajes por manifestaciones de una misma secuela.

Capacidad restante

La capacidad restante es una regla de calculo destinada a evitar sumas automaticas que excedan indebidamente la capacidad laboral total. Cuando existen incapacidades previas, secuelas multiples o afectacion de distintos segmentos, cada nueva incapacidad puede calcularse sobre la capacidad laboral remanente.

Su uso es especialmente relevante frente a preexistencias, secuelas de siniestros anteriores, lesiones concurrentes, agravamiento de una zona ya afectada o coexistencia de cuadros fisicos y psiquicos. El informe debe mostrar el calculo y no limitarse a consignar el porcentaje final.

Ver tambien: metodo de capacidad restante.

Factores de ponderacion

Los factores de ponderacion permitian ajustar la incapacidad pura segun circunstancias laborales concretas, como edad, dificultad para realizar tareas habituales y posibilidad de reubicacion. No reemplazan la secuela ni habilitan a fijar incapacidad sin base objetiva.

Edad

Debe valorarse conforme a la regla aplicable y al momento tecnico de determinacion.

Tareas habituales

La dificultad laboral exige describir que movimientos, posturas, cargas o exigencias quedan limitadas.

Reubicacion

Debe analizarse si existen tareas compatibles con la limitacion psicofisica residual.

Fundamento

La ponderacion debe estar explicada; no corresponde aplicarla en forma automatica.

Ver tambien: factores de ponderacion en incapacidad laboral.

Preexistencias

Las preexistencias son un punto critico en la aplicacion del baremo. Pueden surgir de antecedentes medicos, estudios previos, incapacidades ya determinadas, lesiones antiguas, cambios degenerativos, enfermedades inculpables o secuelas ajenas al trabajo.

El perito debe diferenciar lesion nueva, agravamiento, exteriorizacion sintomatica de una condicion previa y patologia no vinculada causalmente. Si corresponde, debe descontarse incapacidad anterior o aplicarse capacidad restante.

Ver tambien: preexistencias en el baremo laboral.

Lesiones osteoarticulares

Las lesiones osteoarticulares fueron uno de los campos de mayor uso del Decreto 659/96: columna cervical, columna lumbar, hombro, codo, muneca, mano, cadera, rodilla, tobillo y pie. En estos casos, la incapacidad suele depender de limitacion funcional, estabilidad, dolor con correlato objetivo, compromiso neurologico, consolidacion de fracturas, secuelas quirurgicas o perdida anatomica.

La goniometria, la fuerza, la sensibilidad, los reflejos, el trofismo, la marcha y las maniobras especificas deben estar descriptas. Un estudio por imagen alterado no basta si no se correlaciona con examen fisico y repercusion funcional.

Ficha hombro

Manguito rotador, limitacion funcional, ecografia, RMN y baremo laboral.

Ficha rodilla

Lesion meniscal, ligamentaria, inestabilidad, hipotrofia, cirugia y RMN.

Hipoacusia laboral

En hipoacusia laboral, el Decreto 659/96 exigia analizar exposicion a ruido, historia laboral, audiometrias, logoaudiometria, examen otologico, bilateralidad, configuracion del trazado, edad, antecedentes y diagnosticos diferenciales. La incapacidad auditiva no debe surgir de una audiometria aislada sin validar consistencia tecnica y nexo causal.

Ver tambien: ficha medico-legal de hipoacusia laboral y biblioteca de hipoacusia laboral.

Dano psiquico

La valoracion del dano psiquico laboral requiere diagnostico clinico, entrevista, antecedentes, personalidad de base, relacion temporal, intensidad del evento, evolucion, tratamiento, psicodiagnostico y diagnostico diferencial. No toda reaccion emocional posterior a un accidente configura incapacidad psiquica permanente.

El baremo debe aplicarse solo cuando exista secuela psiquica consolidada y causalmente vinculada. La fundamentacion debe distinguir cuadro reactivo transitorio, trastorno adaptativo, estres postraumatico, simulacion, agravamiento de vulnerabilidad previa y patologia ajena al hecho.

Ver tambien: dano psiquico y RVAN.

Uso en pericias medicas

En una pericia medica, el Decreto 659/96 servia para ordenar el razonamiento: identificar la secuela, ubicarla en la tabla, justificar el porcentaje, aplicar capacidad restante, ponderar cuando corresponda y explicar el nexo causal. El dictamen tecnicamente solido no se limita a nombrar el baremo; muestra por que ese item corresponde al caso concreto.

  • Controlar si la contingencia laboral esta acreditada.
  • Revisar si el diagnostico tiene correlato objetivo.
  • Describir examen fisico propio, no solo antecedentes.
  • Explicar estudios complementarios y su limite probatorio.
  • Fundar nexo causal y descartar causas alternativas relevantes.
  • Mostrar el calculo de incapacidad y factores de ponderacion.

Ver tambien: impugnaciones periciales medicas.

Errores frecuentes

Diagnostico como incapacidad

Asignar porcentaje por el nombre de la patologia sin secuela objetivable.

Dolor aislado

Confundir sintoma subjetivo con alteracion anatomica o funcional permanente.

Estudio sin clinica

Fundar incapacidad solo en RMN, audiometria o EMG sin examen compatible.

Nexo insuficiente

No diferenciar trauma, enfermedad profesional, degeneracion, antecedente o patologia inculpable.

Suma automatica

Acumular porcentajes sin aplicar capacidad restante cuando corresponde.

Ponderacion arbitraria

Agregar factores sin relacion concreta con edad, tareas o reubicacion.

Preguntas frecuentes

Que es el Decreto 659/96?

Es la norma que aprobo la tabla historica de evaluacion de incapacidades laborales para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales dentro de la Ley de Riesgos del Trabajo.

Para que se utilizaba el baremo laboral?

Se utilizaba para cuantificar secuelas laborales permanentes en porcentaje de incapacidad, con utilidad en Comisiones Medicas, pericias judiciales, informes tecnicos e impugnaciones.

El diagnostico medico alcanza para fijar incapacidad?

No. Debe existir una secuela objetivable, permanente, consolidada y vinculada causalmente con la contingencia laboral.

Que diferencia hay entre lesion y secuela?

La lesion es la alteracion inicial o evolutiva. La secuela es el dano residual permanente que queda luego del tratamiento y la consolidacion del cuadro.

Que es la capacidad restante?

Es el metodo que calcula una nueva incapacidad sobre la capacidad laboral remanente, evitando sumas aritmeticas indebidas cuando hay secuelas multiples o preexistencias.

Que son los factores de ponderacion?

Son ajustes aplicables a la incapacidad pura segun edad, dificultad para tareas habituales y posibilidad de reubicacion, siempre con fundamento concreto.

Que importancia tienen las preexistencias?

Permiten distinguir dano nuevo, agravamiento y patologia previa. Su omision puede llevar a atribuir al siniestro actual una incapacidad que ya existia o que no guarda relacion causal.

Que relacion tiene con el Baremo SRT 549/2025?

El Decreto 549/2025 sustituyo el Anexo I del Decreto 659/96. Por eso, el 659/96 funciona hoy como antecedente historico y comparativo, mientras que la tabla vigente debe analizarse segun el regimen aplicable al caso.

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Contacto

Consulta profesional sobre baremos, incapacidad laboral o revision de pericias.

Conclusion medico-legal

El Decreto 659/96 fue la base historica de la valoracion de incapacidades laborales permanentes en Argentina. Su correcta aplicacion exigia mucho mas que elegir un porcentaje: requeria diagnostico cierto, secuela objetivable, correlacion clinica, examen fisico, estudios complementarios, nexo causal, analisis de preexistencias, capacidad restante y factores de ponderacion fundados.

En la practica actual, su valor principal es historico, comparativo y metodologico. Frente al Baremo SRT 549/2025, sigue siendo relevante para comprender la evolucion del sistema, revisar pericias anteriores y evitar errores tecnicos al distinguir diagnostico, lesion, secuela e incapacidad.